miércoles, 2 de marzo de 2011

REGA: Circular A025-11. Tasa de control de la actividad de auditoría de cuentas (Mod. 791)

Circular A025-11

Estimado/a miembro del REGA:

Te informamos que, con fecha 21 de febrero de 2011 se ha publicado en el BOE la Orden EHA/328/2011, de 16 de febrero (se adjunta pdf), por la que se aprueba el modelo de autoliquidación y pago de la Tasa prevista en el artículo 23 de la Ley 19/1988 de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas y se actualizan las cuantías fijas de la tasa.

Así y para este ejercicio 2011, el importe de esta tasa será de 91,90 euros por cada informe de auditoría emitido, y de 183,80 euros en el caso de que los honorarios facturados por dicho informe sean superiores a 30.000,00 euros.

La presentación de la autoliquidación y el pago del importe de la deuda tributaria correspondiente, se realizarán en el plazo de los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero en relación con el trimestre natural inmediato anterior. La tasa se devengará el último día de cada trimestre natural, con relación a los informes de auditoría emitidos o fechados en cada trimestre.

El modelo de autoliquidación deberá descargarse de la página web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en la dirección www.icac.meh.es. La presentación de este modelo de impreso de declaración-liquidación (modelo 791), así como el pago de la tasa, se podrá realizar de forma telemática.

Una vez efectuado el ingreso, el auditor o sociedad de auditoría deberá remitir una copia del modelo 791 al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas dentro de los quince días a partir de la fecha de ingreso.

Recibe un cordial saludo:

Lorenzo Lara Lara
Presidente del Consejo Superior y del Rega

Eladio Acevedo Heranz
Secretario General del Rega

CORPORACIÓN DE DERECHO PÚBLICO
AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD

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