viernes, 11 de marzo de 2011

Expansión.com: Los asesores luchan por que su función siga siendo exclusiva

Los asesores luchan por que su función siga siendo exclusiva
Los colegios de Titulados Mercantiles remiten escritos a lConsejo de Estado advirtiendo de los efectos “negativos” de eliminar la colegiación obligatoria. Las quejas llegan antes de que exista el anteproyecto.
Victoria Martínez-Vares. Madrid

Los colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales quieren evitar, por todos los medios, que la futura Ley de Servicios Profesionales acabe con la colegiación obligatoria para los asesores empresariales y su reserva de actividad. Por ello, han preferido ir poniendo en antecedentes al Consejo de Estado –órgano que deberá dictaminar sobre la futura Ley de Servicios Profesionales– acerca de los efectos negativos que este hecho puede tener sobre los consumidores y las corporaciones.

En dos escritos remitidos al presidente del órgano consultivo, Francisco Rubio Llorente, el consejo de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles y Empresariales de Cataluña y el Colegio de Las Palmas defienden la necesidad de la colegiación obligatoria y piden ser oídos por el Consejo de Estado.

Tal y como informó este periódico –ver EXPANSIÓN de ayer–, un documento interno del Ministerio de Economía sobre la futura Ley de Servicios Profesionales apuesta por una reducción “drástica” del número de profesiones que tendrán reserva de actividad. Delas 197 actuales, quedarían 100.En la misma línea, propone reducir a una decena las profesiones con colegiación obligatoria.

Los colegios de Titulados Mercantiles agrupan a los profesionales con conocimientos especializados sobre contabilidad, fiscalidad, auditoría y administración de empresas y, en la actualidad, destaca su actividad en los procedimientos concursales. En la Ley Concursal se reserva en exclusiva a los titulados mercantiles, junto a los economistas y auditores, la función de administrador concursal en el aspecto económico.

De hecho, el decano del Colegio de Las Palmas, Juan Ruiz, afirma que el conjunto de la profesión “gestiona y asesora gran parte de la riqueza económica generada anualmente y que integra el PIB”.

Discrepancias
En el documento enviado al Consejo de Estado para su valoración, se hace hincapié en la posible inconstitucionalidad de la futura Ley de Servicios Profesionales. Apoyándose en doctrina del Tribunal Constitucional, advierten de que “será inconstitucional toda ley que altere la naturaleza jurídica o las competencias básicas de los colegios profesionales,aunque mantenga su denominación, configurándolos a manera de asociaciones sin reconocerles el carácter de corporaciones de derecho público”.

Así, el decano del Colegio de Las Palmas, sostiene que “aunque el artículo 36 de la Constitución no imponga expresamente la colegiación obligatoria, la finalidad misma de los colegios postula el carácter obligatorio de la colegiación como presupuesto para el ejercicio profesional”.
También, el decano del consejo de Colegios de Titulados Mercantiles de Cataluña, Alfred Albiol, apunta a que habrá que estar muy atentos al tenor literal del proyecto de Ley de Servicios Profesionales para determinar si existe, en la regulación de la colegiación obligatoria, “inconstitucionalidad por vulneración de las competencias de las comunidades”.

Albiol critica que se otorgue al Estado la competencia de qué profesiones exigen para su ejercicio la preceptiva colegiación, “hasta el punto de neutralizar la competencia, en concreto,de la Generalitat de Cataluña”.

En los escritos dirigidos al Consejo de Estado se destacan los efectos perniciosos que tendrá el eliminar la colegiación obligatoria para la ciudadanía. “Difícilmente se podrá actuar como autoridad competente o proteger los intereses generales de consumidores y usuarios al no resultar de aplicación preceptiva las normas profesionales, incluidas las deontológicas, ni las de inspección y control”, aseguran. Al respecto Ruiz señala que la futura norma “desvirtúa el espíritu perseguido por las normativa de la Unión Europea”, ya que no “refuerza el papel de las instituciones colegiales”.

En su opinión, ello supondrá “una disminución de las garantías prestadas a los consumidores de los servicios profesionales que prestan los colegiados”.

Finalmente, se defiende el mantenimiento de la reserva de la actividad de estos profesionales.
Lo contrario, argumentan, “afectaría a la seguridad jurídica del tráfico mercantil empresarial y convertiría en inaplicable el contenido de un sinfín de normas del ordenamiento jurídico en las que es patente la necesidad de la colegiación obligatoria”.

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