Madrid, 22 de enero de 2007
CIRCULAR NUEVA RETENCIÓN DEL 1% PARA EMPRESARIOS EN E.O
Ante las numerosas consultas recibidas sobre la nueva retención a cuenta del 1% sobre los rendimientos íntegros de determinadas actividades económicas en estimación objetiva, Datadiar.com (www.datadiar.com) comunica que todavía no puede aplicarse dicha retención.
En la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1576/2006, de 22 de diciembre, que modifica, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento del IRPF, se establece que la práctica de esta retención no procederá hasta que no finalice el plazo de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva, el cual se establece en el mes siguiente a la publicación de la Orden de “módulos” para 2007.
Además, el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, actualmente en tramitación, prevé en sus disposiciones transitorias primera y segunda, que la Orden de “módulos” para 2007 deberá publicarse en el plazo de quince días a partir de la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Impuesto, y establece, condicionado a lo que resulte de la mencionada tramitación, que el plazo de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva para 2007 finalizará el 31 de marzo del mismo año.
La nueva retención a cuenta del 1% sobre los rendimientos íntegros de determinadas actividades económicas que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva, se aplica sobre las actividades de fabricación, de construcción o de transporte de mercancías que se relacionan en el siguiente cuadro:
I.A.E. | Actividad económica |
314 y 315 | Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería. |
316.2, 3, 4 y 9 | Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P. |
453 | Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros. |
453 | Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo. |
463 | Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción. |
468 | Industria del mueble de madera. |
474.1 | Impresión de textos o imágenes. |
501.3 | Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general. |
504.1 | Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire). |
504.2 y 3 | Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire. |
504.4, 5, 6, 7 y 8 | Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje. |
505.1, 2, 3 y 4 | Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos. |
505.5 | Carpintería y cerrajería. |
505.6 | Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales. |
505.7 | Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales. |
722 | Transporte de mercancías por carretera. |
757 | Servicios de mudanzas. |
Sin otro particular, reciba un cordial saludo, agradeciendo su confianza depositada.
José Manuel Díaz-Arias
Abogado
Presidente Datadiar.com
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