martes, 3 de mayo de 2011

DiarioNegocio.es: Apuntes para acertar con la Renta

Apuntes para acertar con la Renta
Cada año, cuando llega la Campaña de Renta, el contribuyente tiende a incurrir en el error de minusvalorar o sobrevalorar la declaración del IRPF. En unos casos piensa, equivocadamente, que Hacienda siempre tiene razón y acepta sin más los cálculos tributarios que le ofrece el Fisco. En otros, confía equivocadamente en poder reescribir operaciones económicas del año anterior para optimizar su factura impositiva.
Mar, 03/05/2011 - 23:00

Generalmente, la virtud está en el justo medio, en ser capaz de tener en cuenta todas las contingencias fiscales que realmente toca hacer notar ante Hacienda en el momento mismo de la declaración. En un especial sobre la Campaña de Renta 2010, NEGOCIO, en colaboración con el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo de Colegios de Economistas, destaca una serie de situaciones de especial relevancia para no patinar en la declaración, arrancando por algunas de las novedades y matices interpretativos que pasan ahora el test de la multitudinaria cita del contribuyente con Hacienda.

No todas las novedades que aparecen en la Campaña de Renta 2010 deben despertar el interés del contribuyente. En unas ocasiones, como la nueva exención del llamado cheque transporte o la tributación por reducciones de capital a favor de socios de sicav, se trata de incentivos y penalizaciones que tendrán su mayor impacto en 2011; en otras, caso de la eliminación parcial de la deducción de 400 euros, o las mejoras previstas para contribuyentes en módulos, el cambio impositivo está hecho y su reflejo en la declaración de Renta será generalmente automático. Sin embargo, existen otras variaciones en la norma y la doctrina a tener muy en cuenta para la Campaña de IRPF 2010 que arrancaba ayer.

Cambios de calado

Deducción por obras
Es la novedad estrella en la Renta 2010. Aunque su escasa aplicación práctica ha quedado retratada en la reciente decisión del Gobierno de mejorar el incentivo para 2011, eso no quita para que el contribuyente deba revisar su posible aplicación por obras de mejora en la vivienda habitual realizadas en 2010. Lo primero a tener en cuenta es la fecha de arranque de la deducción, dado que las cantidades satisfechas antes del 14 de abril del pasado año no darán derecho a aplicar el incentivo. En esta campaña, los contribuyentes con bases imponibles inferiores a 33.000 euros (de ahí y hasta 53.000 euros la ayuda baja gradualmente hasta cero) podrán deducir el 10% de su gasto en la obra, con un tope de 400 euros. Algunas obras típicas que dan derecho a la ayuda son las de cambio de ventanas, sustitución de calderas, instalación eléctrica y fontanería, así como otras que generalmente, salvo en caso de viviendas unifamiliares, realizará la comunidad de vecinos: impermeabilización, reparación de tejados e instalación de ascensores, rampas para discapacitados o paneles solares. En todos los casos el contribuyente deberá poseer factura con IVA desglosado. En obras colectivas (ver Negocio del 29 de abril) resultará fundamental que la comunidad facilite a cada vecino documentación acreditativa de la reparación. La deducción por obras es incompatible con la deducción por compra o reforma de la vivienda habitual, pero la incompatibilidad se rompe si se trata de cantidades distintas.

Capitalización por desempleo
El pasado año el legislador decidió elevar casi un 30%, hasta 15.500 euros, el máximo exento por prestaciones de desempleo cobradas en forma de pago único. Con el mismo límite, la exención afecta igualmente a las fórmulas en que el INEM va abonando ese ‘pago único’ en forma de cuotas mensuales al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. Cabe aquí recordar que no se trata de un cheque en blanco de Hacienda, sino de un verdadero incentivo, vinculado a la acreditación de una futura actividad, que deberá luego mantenerse al menos cinco años, como autónomo, socio de cooperativa o de una sociedad laboral.

Mantenimiento de plantilla
De nuevo en 2010, los empresarios y profesionales con facturación anual inferior a cinco millones de euros y plantilla inferior a 25 trabajadores que no se haya reducido con respecto a 2008 podrán aplicar una reducción del 20% en el rendimiento neto sujeto a imposición en IRPF. La novedad este año es que Hacienda ha tumbado criterios internos que anulaban toda la ayuda si en alguno de los años (2009 o 2010) se producía reducción de empleo. Si tal cosa sucede, por ejemplo, en 2009, pero en 2010 se recuperan los niveles de 2008, para la presente declaración el incentivo volverá a ser aplicable.

Operaciones vinculadas
Presiones políticas y empresariales favorecieron el pasado año una flexibilización del régimen de obligaciones documentales en materia de operaciones vinculadas (intragrupo) que ahora tendrá su repercusión en la Renta 2010. En el ámbito del IRPF quedan fuera de esas obligaciones las personas físicas con facturación anual inferior a ocho millones de euros si las operaciones vinculadas que les afectan –descontadas las realizadas con paraísos fiscales, que deberán justificar en cualquier caso– no superaron en total los 100.000 euros en 2010. Tampoco será necesario documentar las vinculadas efectuadas en 2010 con una misma persona o entidad si el valor de mercado conjunto no rebasa los 250.000 euros. También aquí existen excepciones sujetas a justificación, caso de operaciones con empresarios en módulos, o ventas de inmuebles, intangibles y participaciones en fondos propios de entidades. Ante la duda, mejor consultar a Hacienda para conocer su punto de vista.

La macedonia autonómica
Un año más será decisivo que el contribuyente revise a conciencia la posibilidad de aplicar algunos de los incentivos autonómicos a los que tiene derecho. Antes que nada, lo primero es estar seguro de poder encontrar respuesta firme a la pregunta más simple. Dónde tributar. En principio, y para el caso habitual de contribuyentes que residen más de la mitad del año en España (el resto cuenta con reglas especiales) se tributará allí donde se encuentre la vivienda habitual, o se resida la mayor parte del año. Si ninguno de los dos puntos de conexión anteriores resulta aclaratorio, Hacienda atenderá a la CCAA donde se generen mayores ingresos y, en su defecto, a la última residencia declarada. En cuanto a las novedades en materia de incentivos, en 2010 el REAF ha detectado cerca de una docena, que afectan a materias tan dispares como la inversión en pymes, el autoempleo, las familias numerosas y la maternidad, o las instalaciones sostenibles en la vivienda. A estas novedades hay que sumar las deducciones regionales preexistentes que acaban configurando un panel de 153 incentivos en el conjunto de las CCAA teniendo en cuenta, eso sí, que la inmensa mayoría de esos incentivos están vetados para no residentes en la comunidad que los ofrece.

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