viernes, 18 de febrero de 2011

LibertadDigital.es: La 'letra pequeña' de Nueva Rumasa

La 'letra pequeña' de Nueva Rumasa
Diez empresas de Nueva Rumasa se acogieron el jueves al procedimiento especial de la Ley Concursal, que otorga un plazo de hasta cuatro meses para negociar con sus acreedores la deuda y evitar así ser declarado en suspensión de pagos. Las compañías afectadas son Clesa, Garvey, Hotasa, Dhul, Elgorriaga, Hibramer, Trapa, Carcesa, Quesería Menorquina y Rayo Vallecano, de las más de 100 que posee el grupo, con cerca de 10.000 trabajadores.
2011-02-18 Libertad Digital

Las dudas sobre la viabilidad de Nueva Rumasa, propiedad de la familia Ruiz-Mateos, cobró fuerza hace escasas semanas, cuando los proveedores y trabajadores de algunas de las compañías del grupo comenzaron a denunciar retrasos en los pagos. Sin embargo, en realidad, la financiación de Nueva Rumasa lleva sumida en la incertidumbre desde hace meses, cuando comenzó a lanzar una intensa campaña publicitaria en los medios ofreciendo pagarés -y participaciones- del grupo a corto plazo y a una rentabilidad suculenta, de entre el 8% y el 10%, superior a los intereses que exigen los bancos a empresas solventes.

Cerca de 5.000 inversores confiaron en estos pagarés, no sometidos a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que exigían un desembolso mínimo de 50.000 euros. Se estima que estos particulares invirtieron en Nueva Rumasa cerca de 140 millones de euros en las diversas emisiones realizadas por el grupo desde 2009. Y la gran pregunta que salta ahora es si, finalmente, recuperarán su dinero.

El conglomerado industrial de la familia Ruiz Mateos ha suspendido el pago de los intereses de estas emisiones, según confirmó el jueves la Oficina de Atención al Inversor de la CNMV. La deuda total de Nueva Rumasa asciende a 700 millones de euros, frente a un patrimonio de 6.000 millones de euros.

Clesa y Dhul, inmersas ahora en el procedimiento preconcursal, deben 427 millones de euros. El resto de empresas que se han acogido al artículo 5.3 de la Ley Concursal tienen deudas inferiores, como el caso de Quesería Menorquina, que debía 33 millones de euros al finalizar 2009, de los que la mayoría, 27,35 millones, correspondían a proveedores y acreedores varios. Otra de las firmas más conocidas es el Rayo Vallecano, cuya deuda asciende a 21,72 millones.

Algunos de sus acreedores (bancos como Royal Bank of Scotland y la Seguridad Social) emprendieron hace escasos días acciones contra el grupo por incumplir "reiteradamente" sus obligaciones de pago, exigiendo embargos preventivos por un valor total de 76 millones de euros.

La gran duda que surge ahora es si los pequeños inversores lograrán recuperar su dinero. Ante esta cuestión, cabe destacar que las distintas emisiones de pagarés efectuadas por Nueva Rumasa han sido calificadas como una inversión de alto riesgo e, incluso, gran incertidumbre, desde su mismo inicio por numerosos analistas, más allá de las siete advertencias lanzadas por la CNMV. Y ello, en base a distintos aspectos:

1. Rentabilidad
Los famosos pagarés de Nueva Rumasa se caracterizaban, sobre todo, por ofrecer una elevadísima rentabilidad en comparación con otros productos de inversión presentes en el mercado. En concreto, entre un 8% y un 10% anual, precisando de una inversión mínima de 50.000 euros.

Nueva Rumasa lleva ofreciendo desde 2009 tanto pagarés como participaciones con rentabilidades medias que iban desde el 8% anual hasta el 12% si la inversión era a 24 meses, y cuyos intereses, en general, se abonaban trimestralmente.

A través de un pagaré el inversor se convierte en prestamista de la compañía, mientras que con una participación se convierte en socio de la misma. La clave es que el tipo de interés que ofrecía Ruiz-Mateos superaba en mucho el coste de financiación que aplican las entidades financieras para prestar dinero a grandes empresas solventes, y que por entonces (finales de 2009) rondaba el 5%.

Esto es un síntoma de dos aspectos: por un lado, que Nueva Rumasa acudió a este tipo de productos para captar financiación ante la negativa o las duras condiciones que le exigían los bancos; y, por otro, una rentabilidad de tales características es señal de un mayor riesgo. En este sentido, la propaganda de Nueva Rumasa se jactaba de ofrecer una rentabilidad un "40% superior al Ibex".

2. Financiación a corto plazo para invertir a largo
Sin embargo, más allá de su rentabilidad, la característica esencial de estos productos era, sin duda, su escaso plazo de vencimiento. Normalmente, los pagarés se emiten a corto plazo, de 12 a 18 meses como máximo. Su principal finalidad consiste, precisamente, en tratar de conseguir financiación para circulante.

Es decir, para realizar pagos corrientes y no para acometer inversiones a medio y largo plazo, que tardan en madurar varios años y que, por tanto, no reportarán beneficios sustanciales en un año. Y mucho menos para pagar deudas. Y he aquí la clave: Nueva Rumasa se financiaba a corto, a muy corto plazo, mediante este tipo de pagarés para, en teoría, acometer inversiones a largo, según los anuncios de la propia empresa.

El problema es que tales proyectos de inversión maduran mucho más tarde que su deuda (pagaré), lo cual conlleva un alto riesgo de falta de liquidez. En el mundo financiero y empresarial, endeudarse a corto e invertir a largo es considerado como una operación de alto riesgo. De hecho, es el esquema habitual que emplea la banca, con la salvedad de que las entidades siempre pueden acudir al banco central de turno para cubrir sus necesidades inmediatas, algo que no sucede con el resto de empresas.

Por ello, para realizar proyectos cuya maduración lleva tiempo, las empresas suelen emplear otro tipo de productos financieros como, por ejemplo, la emisión de bonos y obligaciones. Sin embargo, a diferencia de los pagarés, este tipo de emisiones operan bajo la supervisión y control directo de la CNMV.

3. Proyectos inmobiliarios
¿En qué empleaba Nueva Rumasa tales pagarés? Los motivos expresados por la empresa variaron en función de cada emisión, pero el denominador común consistía en acometer grandes proyectos a largo plazo.

Así, por ejemplo, su primera emisión, realizaba desde Carcesa -la compañía propietaria de la marca Apis- tenía un vencimiento de 12 meses y se empleó, según la compañía, para comprar otra sociedad. Mientras, en su tercera emisión, Nueva Rumasa ofreció a los particulares deuda corporativa para realizar, igualmente, adquisiciones empresariales.

Entre los distintos proyectos acometidos con este dinero destacan, sobre todo, algunas compras inmobiliarias como, por ejemplo, Taburiente Playa Hotel (con un valor de 41 millones de euros) o Criadores Almacenistas y Distribuidores de Vinos de Jerez S.A. (12 millones). Es decir, inversión inmobiliaria (altamente ilíquida, y más en un contexto como el actual) con financiación a muy corto plazo.

Otro ejemplo: la compañía también ofreció, contactando directamente con los inversores de su base de datos, pagarés emitidos por Rumanova, sociedad que tiene por objeto la "compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia".

4. Avales y garantías
En la tercera emisión realizada por Nueva Rumasa, la CNMV emitió la siguiente nota informativa para los inversores potenciales:

Nueva Rumasa es una sociedad anónima que no es la cabecera de ningún grupo de empresas ni un holding que aglutine las participaciones de los accionistas comunes en tales sociedades. Por otra parte, no es la emisora de los pagarés.

En consecuencia, los pagarés son emitidos por una empresa concreta y determinada, que responde de la devolución de principal e intereses únicamente con su patrimonio, sin posibilidad, en principio, de derivar responsabilidad alguna sobre el patrimonio de otras compañías, por más que pertenezcan a accionistas comunes.

Es decir, aquí la clave consiste en que tales pagarés no eran emitidos por Nueva Rumasa directamente sino, en particular, por una de sus empresas. Y es ésta, no el holding al completo, la que respondería con su capital y patrimonio de la devolución del pagaré.

Las emisiones de pagarés no han sido inscritas en el Registro Mercantil, lo que supone, sin perjuicio de otras posibles consecuencias, que no han sido objeto de revisión y calificación por un Registrador Mercantil.

Es decir, no fueron supervisadas.

No existe en el momento presente constituida e inscrita ninguna garantía, en concreto ninguna referencia sobre las existencias de licor a que se refiere la publicidad a favor de los suscriptores de ninguna emisión de pagarés.

Esta operación, en concreto, se refería a los pagarés emitidos a finales de 2009 por Maspalomas Hoteles y que, según la publicidad de Nueva Rumasa, estaban garantizados por "extraordinarias existencias de viejísimo brandy de Jerez". Unas reservas de licor que contaban, en principio, con la valoración independiente realizada por el profesor del IESE Pablo Fernández, y que Nueva Rumasa estimaba "en más de 1.200 millones de euros".

Sin embargo, dicha publicidad provocó entonces cierto revuelo, ya que poco después Fernández indicó que su valoración "no fue realizada para calcular el valor de las existencias de brandy como garantía de los pagarés", y cuyo valor era muy inferior al estimado por la compañía de Ruiz-Mateos.

5. ¿Quién cobra primero en caso de suspender pagos?
El preconcurso solicitado por las 10 empresas del grupo es el paso previo al habitual concurso de acreedores. Ahora, estas empresas cuentan con un plazo de cuatro meses para negociar su deuda con los acreedores. Si no alcanza un acuerdo se iniciará el concurso con el fin de reestructurar la compañía para hacerla viable y, si fallara, liquidar sus activos en última instancia para saldar en la medida de lo posible sus deudas.

Como ya se ha comentado anteriormente, la clave es que Nueva Rumasa no consolida como un holding a la hora de afrontar el pago de los pagarés, de modo que son las empresas emisoras y no el grupo el que debe responder de tales compromisos con su patrimonio. De nuevo, en este punto, hay que distinguir entre los pagarés (prestamista) y las participaciones (accionista).

Los particulares que compraron pagarés son acreedores ordinarios y, por tanto, se sitúan por detrás de los acreedores privilegiados a la hora de cobrar, esto es, Hacienda y bancos. Mientras, los accionistas (los que compraron participaciones) se sitúan a la cola en el orden de pago, ya que son propietarios de la empresa.

Dos de las cuatro sociedades de Nueva Rumasa que actuaron como emisores de pagarés han solicitado acogerse a este procedimiento especial de preconcurso: Carcesa e Hibramer, que lanzaron las dos primeras emisiones con las que recaudaron casi 90 millones de euros. Clesa, sin embargo, lanzó participaciones por un mínimo de 3.300 euros para ampliar capital y, por tanto, los afectados son accionistas (últimos en cobrar).

Por último, en caso de que los pagarés tengan la condición de deuda subordinada, los inversores se situarían por detrás de otros acreedores ordinarios, también a la cola en el orden de cobro.

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