jueves, 10 de junio de 2010

Expansión.com: ¿Quién audita al auditor?

¿Quién audita al auditor?
Publicado el 10-06-2010 , por L. Junco
Los escándalos contables y las crisis sirven para volver a poner sobre la mesa la exigencia de una mayor transparencia sobre las firmas de auditoría. Las auditoras no suelen hacer públicos sus resultados y, cuando lo hacen, sólo divulgan los datos de facturación, aunque sí deben publicar sus cuentas en el Registro Mercantil que, en función de su tamaño, deben estar auditadas.

Las sociedades obligadas a revisar sus cuentas por un auditor externo son aquellas que, durante dos ejercicios consecutivos, cuentan con activos superiores a 2,8 millones de euros, una cifra de negocio superior a 5,7 millones y/o más de 50 empleados (basta cumplir dos de los tres requisitos). En el caso del sector, las complejas estructuras organizativas de las firmas, compuestas por sociedades independientes pero que operan bajo una misma marca y que cumplen unos mismos criterios de calidad, dificulta (o facilita) el hecho de no reunir los criterios que exige la ley para probar su propia medicina.


En España, tan sólo las grandes auditoras están sujetas a esta obligación. Las Cuatro Grandes (Deloitte, PwC, KPMG y Ernst & Young) están revisadas por otro auditor externo, si bien, se trata de firmas de pequeño tamaño; al igual que los revisores de BDO y Grant Thornton.

Así, Deloitte es auditada por Lillo Auditores; PwC mantiene a Zofio Auditores, firma que también fue la revisora de KPMG hace años. La compañía que preside John Scott está ahora revisada por Auren Centro Auditores y Consultores, una de las oficinas de la red Auren (la séptima firma por facturación del mercado español, según el ránking anual que elabora EXPANSIÓN). Por su parte, Ernst & Young cuenta con Caudisa MGC, por lo menos, desde hace siete años. El auditor de BDO es Stemper Auditores y el de Grant Thornton es DF Economistes Auditores.

La mayoría del resto de firmas publica sus cuentas en el Registro Mercantil, pero no las somete a revisión externa, salvo algunas que lo hacen de forma voluntaria y que, por lo general, se lo encargan a un revisor individual. Estas auditorías, al no tener carácter obligatorio, no son de acceso a todo el público, como sí lo son las de las grandes firmas.

En este sentido, destaca, por ejemplo, que Mazars, la novena firma del sector, es revisada por la undécima, Horwath; o Gassó RSM, que está revisada por Bové Montero y Asociados. Según explica José María Gassó Martín, “no existe ningún conflicto de interés, ya que el auditor no entra a valorar los trabajos, sino que la información financiera es veraz. Como mucho, estamos sujetos a no presentar ciertos documentos de trabajos aún no terminados que puedan obligar a la confidencialidad”. Otros auditores defienden la autoauditoría, ya que los controles a los que están sometidos implican revisiones internas, pero sin la necesidad de pagar sellos, ni tasas.

Evolución de los controles
Desde la desaparición de Arthur Andersen en 2002 a raíz del escándalo contable de Enron, los sistemas de control de las firmas de auditoría han ido en aumento. A la Ley Sarbanes-Oxley de 2003, le siguió la Directiva sobre Transparencia de 2004 y otras leyes tendentes a dotar de mayor claridad a la revisión de cuentas. En España, todavía está pendiente la adaptación de la Octava Directiva de Auditoría, que se realizará a través de la reforma del sector, que está previsto que entre en vigor el próximo octubre.

Esta norma ampliará la transparencia de las firmas, de forma que estarán obligadas a publicar un listado con sus principales clientes, así como los datos financieros más relevantes y estructura organizativa en sus páginas web. Esto se suma a la dotación de mayor poder que la nueva norma otorga al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac), el supervisor de las firmas que periódicamente realiza controles de calidad a las auditoras. Las firmas, además, también se someten a la revisión que realizan las corporaciones a las que pertenecen y a los controles internos que suelen demandar las redes internacionales a las que pertenecen.

Según Mercé Martí, socia de Iberaudit y recién nombrada presidenta de la Asociación Grupo 20 (que representa a una veintena de pymes del sector), “cada vez vamos hacia unos mayores controles y tenemos más obligaciones, lo que para las pequeñas auditoras, representa un problema si no se traslada al cliente los costes de supervisar la calidad del auditor”.

Medidas de supervisión:
  • La nueva ley recoge que el Icac asumirá en exclusiva las competencias de control de calidad de las firmas y obliga a las auditoras a emitir más información en su web.
  • Además, las distintas corporaciones sectoriales (censores, economistas y titulados mercantiles), someten a revisiones periódicas a sus firmas miembro.
  • Las auditoras también realizan controles internos, voluntarios o por exigencias de las red internacional, en los que, entre otros aspectos, revisan los criterios de independencia y los controles de calidad.

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