viernes, 2 de febrero de 2007

LaVozdeGalicia.es: Una norma para reflotar sociedades en crisis que llega a los clubes de fútbol

La Ley Concursal:
Una norma para reflotar sociedades en crisis que llega a los clubes de fútbol


Es la herramienta adecuada para evitar la desaparición de entidades y ya sacó a flote al Las Palmas y al Sporting.
La Voz de Galicia (02.02.2007)

Firma: Alfonso Andrade | Lugar: La Coruña

La grave crisis institucional del Deportivo deja pocas salidas al club coruñés. Una de ellas es la Ley Concursal, a la que la entidad podría acogerse, pero que puede solicitar también cualquier acreedor. Numerosos seguidores del Deportivo y aficionados al fútbol han preguntado en los últimos días por las características y los efectos de esta ley nueva. A continuación se detallan las claves de la norma.

Es el instrumento que el ordenamiento jurídico pone a disposición de las sociedades para que salgan a flote cuando tienen serios problemas económicos. Se aprobó en julio del 2003 y sustituyó a la suspensión de pagos, una norma diferente. La actual trata de evitar a toda costa la quiebra y la liquidación de la entidad.

¿Lleva aparejada el descenso o la desaparición de los clubes?
Al revés. Trata de sacarlos a flote con independencia de la categoría en la que militen. Las Palmas, Sporting, Ourense y Málaga son los que han pasado hasta ahora por la Concursal. Los dos primeros ya están saneados. El Las Palmas, en concreto, dejó a cero una deuda de 11.000 millones de pesetas.

¿Cuál es su finalidad?
Conseguir el saneamiento de la sociedad en crisis negociando un convenio conjunto con los acreedores, y mantener al tiempo la actividad, garantizando que la entidad pueda seguir funcionando en el día a día.

¿Qué ventajas ofrece?
Paralizar inicialmente todos los embargos. Esto significa que las deudas anteriores a la entrada de la Ley se bloquean mientras se negocia el convenio con los acreedores, y en ese tiempo (alrededor de un año y medio en los clubes de fútbol) la sociedad respira y prepara con calma una estrategia adecuada. Además, esta ley facilita la consecución de un expediente de regulación de empleo, permite negociar quitas de hasta el 50% y esperas de hasta cinco años (se puede ir a más) con los acreedores, y busca reducciones de deuda que permitan sanearse a largo plazo. El proceso es transparente, a la vista de un juez.

¿Cómo se interpone?
Hay dos formas, siempre ante el juez de lo Mercantil. De manera voluntaria por parte de la sociedad cuando se ve en situación de crisis, o de forma necesaria por cualquier acreedor que lo considere imprescindible al observar riesgo de quiebra en la entidad. En realidad, la ley obliga al administrador a pedir el concurso cuando la crisis es evidente.

¿Cómo actúa el juez?
Constituye una administración concursal formada por un abogado, un auditor de cuentas y un acreedor, el cual a su vez tiene la obligación de buscar un experto en economía. Esta administración negociará el convenio de acreedores.

¿Qué diferencia hay entre el concurso voluntario y el necesario?
En el voluntario se mantiene el consejo de administración, que sigue llevando la entidad, aunque es fiscalizado por la administración concursal, a la que debe consultar las decisiones importantes. En el necesario, exigido por un acreedor, el consejo es suspendido, salvo en casos excepcionales, por lo que la fiscalización se convierte en intervención. Entre esos casos excepcionales están el Sporting y el Las Palmas. Se mantuvo el consejo a pesar de que el concurso fue necesario. En el club canario lo pidió el agente de jugadores Iñaki Urquijo. En el asturiano, la empresa encargada del césped.

¿Qué responsabilidad tiene el antiguo consejo?
Si el juez observa culpabilidad, responde con su propio patrimonio. En principio, los acreedores se irán cobrando de los fondos del club. Pero cuando ya no queden y haya que seguir pagando, serán los administradores los que lo hagan, de su bolsillo. La Concursal contempla además responsabilidad penal para miembros del consejo si se demuestra que son culpables de la situación económica de la entidad.

No hay comentarios: