sábado, 10 de febrero de 2007

DiariodeLeón.es: "Los auditores y el fútbol"

"Los auditores y el fútbol"

TRIBUNA: JUAN LUIS MARCHINI
DiariodeLeón.es (10.02.2007)

LAS CONOCIDAS ventajas en el tratamiento hacia algunas entidades deportivas, fundamentalmente relacionadas con el fútbol, para la ejecución de las deudas tributarias pendientes y deudas generadas por impagos de los seguros sociales, suponen para el trabajo del auditor una duda razonable sobre la continuidad del negocio a la hora de firmar un informe.

El auditor en su trabajo está sometido a la Ley de auditoría de cuentas y al reglamento que desarrolla la ley, además de a toda la normativa complementaria con sus correspondientes modificaciones, actualizaciones y resoluciones que continuamente se producen y que limitan y encorsetan su trabajo.

El auditor deberá denegar la opinión profesional, entre otras circunstancias, cuando la viabilidad futura de la empresa, en este caso el club de fútbol, no esté garantizada. Se da la circunstancia de que la garantía de continuidad depende de la voluntad de los miembros de la Junta Directiva de avalar las deudas tributarias y las correspondientes a la Seguridad Social, lo que no es fácil de conseguir que personas que ocupan la responsabilidad administrativa y gerencial al frente de un equipo, que aman el deporte, arriesguen todo su patrimonio para que el club de sus colores, arregle sus cuentas con la Hacienda Pública.

En la mentalidad del ciudadano medio existe una diferenciación clara sobre lo que es su equipo de fútbol y la Hacienda, a la que no se valora o no se la considera como representante de todo el Estado y como garante de la equidad última entre todos los contribuyentes.

Por lo tanto, el auditor normalmente ante la cuantía de las deudas adquiridas, debe denegar la opinión, que es el supuesto más grave que se produce en un trabajo de auditoría.

Esto supondría, si nos atenemos a las normas que deben de regir en las actuaciones de la Agencia Tributaria, para no incurrir en agravios comparativos con el resto de los contribuyentes, la necesaria ejecución de todos los bienes y derechos de la entidad deportiva en cuestión y por tanto la desaparición de la misma.

Estaríamos en el engorroso procedimiento de sacar a pública subasta los derechos de traspaso y la ficha de los jugadores, la taquilla de cada partido, los derechos televisivos, los campos de fútbol, etcétera. Y en el caso de los aplazamientos, deberían de tener las mismas condiciones que los que se producen a favor del resto de los contribuyentes.

Tampoco se entendería que un club de fútbol con una deuda total de 10 millones de euros, pudieran aplazar esta durante 20 años y a un particular para el pago de su deuda de 100.000 euros, solamente le autorizarían un aplazamiento de 3 años. O que el neto de la deuda de un club de fútbol se incrementara durante el periodo del aplazamiento, lo que equivaldría a un aplazamiento con horizonte infinito.

Si no, una vez más, en nuestro país existen beneficiados y perjudicados, o lo que es lo mismo, algunos grupos de presión que están con el poder y el resto, que son mayoría, que se ve obligado a pagar sus deudas con las administraciones públicas o cuanto menos a presentarse ante los juzgados en la correspondiente declaración de insolvencia. Las normas, las leyes y su aplicación no pueden acomodarse en función de la simpatía que nos produzca una determinada actividad, porque si esto fuera así, estaríamos una vez más, rompiendo la legalidad de todo el sistema.

Por otro lado, el trabajo del auditor, se debe de valorar como corresponde y una vez detectados y analizados los riesgos de la entidad y advertida la Junta Directiva de la obligación de adoptar las decisiones necesarias para sanear la entidad o en caso último, disolver el club, no sería lógico que los planteamientos de amiguismo y compadreo anularan la cuota de responsabilidad que al profesional le corresponde, porque estas actuaciones dejan sin contenido, el propio trabajo del auditor.

Me parece loable la denuncia plantada por GESTHA, Asociación que agrupa a Técnicos de Hacienda, porque de esta forma se alumbra con realismo las ocultaciones que se producen en el seno, en este caso, de la Agencia Tributaria.

Por estas reflexiones y por los principios importantísimos de igualdad ante la ley, seguridad jurídica y corresponsabilidad en el sostenimiento del Estado, en nuestra opinión, no debemos y la Agencia Tributaria que coordina las actuaciones del cobro de las deudas y los aplazamientos, no debe, crear o mantener estos precedentes, que son, a nuestro juicio, el cáncer de todo el sistema.

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