Entrada en vigor de la Reforma de la Ley ConcursalEstimado usuario: le recordamos que el Boletín Oficial del Estado del día 11 de octubre de 2011, publicó la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de Reforma de la Ley Concursal.
La entrada en vigor de esta Ley se desdobló en dos momentos:
- Plazo de entrada en vigor general: esta ley entrará en vigor el 1 de enero de 2012.
- Plazo de entrada en vigor específico: al día siguiente de la publicación en el BOE (13 de octubre de 2011) para los siguientes artículos reformados de la Ley Concursal:
- Artículo 5 bis Ley Concursal: Comunicación de negociaciones y efectos sobre el deber de solicitud de concurso.
- Artículo 15 de la Ley Concursal: Provisión sobre la solicitud de otro legitimado y acumulación de solicitudes.
- Artículo 71.6 y 7: Acciones de reintegración.
- Artículo 84.2.11: Créditos contra la masa (acuerdos de refinanciación)
- Artículo 91.6: Créditos con privilegio general (acuerdo de refinanciación).
- Disposición adicional cuarta: Homologación de los acuerdos de refinanciación.
Por lo tanto, la reforma de la Ley Concursal entrará plenamente en vigor el 1 de enero de 2012
Los objetivos principales son:
- El abaratamiento del procedimiento concursal gracias su agilización y simplificación
- Profundización en las alternativas al concurso o los denominados institutos preconcursales.
- Solucionar algunos aspectos de la anterior regulación y algunas dudas interpretativas.
Le recordamos que tiene a su disposición una breve nota informativa sobre el contenido de las reforma TOL 2.245.731
Atentamente
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