sábado, 10 de abril de 2010

AntonioEsteban.com: Cálculo de pagos fraccionados (Abril 2010) Impuesto Sociedades (II).

Cálculo de pagos fraccionados (Abril 2010) Impuesto Sociedades (II).
Nos ocupamos, en esta segunda parte del cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades, de la modalidad regulada en el artículo 45.3 de la Ley del Impuesto de Sociedades (LIS).


Comentamos en la primera parte el carácter opcional que tiene este sistema, siendo de aplicación a aquellos sujetos pasivos que voluntariamente decidan aplicarlo. Para ello deberán ejercer la opción en la correspondiente declaración censal:
  • Durante el mes de febrero del año natural a partir del cual deba surtir efectos, siempre que el período impositivo a que se refiera la citada opción coincida con el año natural.
  • En caso contrario, el ejercicio de la opción deberá realizarse en la correspondiente declaración censal, durante el plazo de dos meses a contar desde el inicio de dicho período impositivo o dentro del plazo comprendido entre el inicio de dicho período impositivo y la finalización del plazo para efectuar el primer pago fraccionado correspondiente al referido período impositivo cuando este último plazo fuera inferior a dos meses.

Realizada la opción, el sujeto pasivo quedará vinculado a esta modalidad de pago fraccionado respecto de los pagos correspondientes al mismo período impositivo y siguientes,en tanto no se renuncie a su aplicación a través de la correspondiente declaración censal que deberá ejercitarse en los mismos plazos establecidos en el párrafo anterior.

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