La oferta de STX a Morales por todas sus acciones es simbólica pero la empresa de Fernando Rodríguez de Rivera se hacía cargo del total de la deuda de la entidad una vez realizado el concurso de acreedores
M. Romero/F. Pereira | Actualizado 20.10.2009 - 06:56
Misterio desvelado y con sorpresas. La oferta de STX Global Services a Joaquín Morales por su paquete de acciones del Xerez Deportivo es de un euro más el importe total de la deuda de la entidad una vez realizado el concurso de acreedores, un concurso que debía llevarse a cabo antes del día 5 del próximo mes de noviembre.
Además, la propuesta de la empresa de transporte y logística al nazareno incluye una serie de condiciones por las que se supone que Joaquín Morales, que aún no se ha pronunciado al respecto, a través de su asesor jurídico decidió rechazar una propuesta cuyo plazo expira en el día de hoy.
Lógicamente, la empresa STX exige al consejero delegado de la entidad azulina una serie de condiciones obvias para poder llevar a cabo el cambio de manos. Solicita, entre otras cosas, el pago del cien por cien de las primas -la de ascenso es la mayor- a la plantilla, la dimisión del consejo de administración al completo, la del director deportivo y la de la administración del club.
De todos modos, en la propuesta también aparece una cláusula por la que Global Services se comprometía a mantener a toda la plantilla laboral de la entidad que no formase parte del consejo.
Otra de las exigencias de la empresa madrileña a Morales es una negociación de la deuda con los acreedores hasta quedar reducida a la mitad y una proposición de pago a cinco años.
El texto íntegro de la propuesta de compra y ejecución en fases de la empresa madrileña a Morales es el siguiente:
“La firma de un acuerdo previo de compra venta de acciones entre Luz Costa Inmuebles y STX por precio de un euro (antes del 20/10/2009).
- STX se subroga en la pignoraciones existentes sobre acciones; Luz Costa Inmuebles deberá entregarlas libres de cargas por otros embargos.
- El acuerdo quedará supeditado a la presentación de un concurso de acreedores por el club y a la posterior aprobación de un convenio pactado con STX.
- STX recibirá una copia de toda la documentación precisa para presentar y tramitar el concurso (antes del 20/10/200), es decir:
- Poder especial para solicitar el concurso
- La memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor, de la actividad o actividades a que se haya dedicado durante los tres últimos años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de que sea titular, de las causas del estado en que se encuentre y de las valoraciones y propuestas sobre la viabilidad patrimonial.
- En la memoria de la identidad de los socios o asociados, de los administradores y del auditor de cuentas, así como, si forma parte de un grupo de empresas, enumerando las entidades integradas en éste, y si tiene admitidos valores a cotización en mercado secundario oficial.
- Un inventario de bienes y derechos de su expresión de su naturaleza, lugar en que se encuentren, datos de identificación registral en su caso, valor de adquisición, correcciones valorativas que procedan y estimación del valor real actual. Se indicarán también los gravámenes, trabas y cartas que afecten a estos bienes y derechos, con expresión de su naturaleza y los datos de identificación.
- Relación de acreedores, por orden alfabético, con expresión de la identidad de cada uno de ellos, así como la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales constituidas. Si algún acreedor hubiera reclamado judicialmente el pago, se identificará el procedimiento correspondiente y se indicará el estado de las actuaciones.
- Cuentas anuales y, en su caso, informes de gestión o de auditoría correspondientes a los tres últimos ejercicios.
- Memoria de los cambios significativos operados en el patrimonio con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas y depositadas y de las operaciones que por su naturaleza, objeto o cuantía excedan del giro o tráfico ordinario del deudor.
- Estados financieros intermedios elaborados con posterioridad a las últimas cuentas anuales presentadas, en el caso de que el deudor estuviese obligado a comunicarnos o remitirlos a autoridades supervisoras.
- En el caso de que el deudor forme parte de un grupo de empresas, como sociedad o dominante o como sociedad dominada, acompañará también las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados correspondientes a los tres últimos ejercicios sociales y el informe de auditoría emitido en relación dichas cuentas, así como una memoria expresiva de las operaciones realizadas con otras sociedades del grupo durante este mismo periodo.
A) STX anunciará el cumplimiento del convenio frente a los acreedores como futuro accionista mayoritario del club.
B) Cumplimiento del pago del 100% sobre las primas a los jugadores.
C) Conservación de la plantilla laboral que no forme parte de la junta directiva.
D) Cese de la junta directiva y director deportivo.
E) Negociación de la deuda con los acreedores mediante quita del 50% y posposición de pago a cinco años.
F) STX podrá figurar como tercero garante de los pactos.
III.- Aprobado judicialmente el convenio, se firmarán los documentos públicos de venta sobre acciones entre LUZ COSTA y STX.
IV.- El concurso será dirigido por una persona de confianza de cada parte para garantizar la viabilidad del acuerdo con los acreedores; el letrado director será financiado y designado por STX, así como los gastos procesales excepto la administración concursal.
V.- La administración del Xerez y su junta directiva deberá dimitir y modificarse para ser sustituida por personas designadas por STX después del auto de admisión a trámite del concurso con objeto de dirigir el club junto con el administrador concursal.
VI.- Pacto de confidencialidad entre los intervinientes y personas vinculadas”.
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