miércoles, 26 de diciembre de 2007

Expansión.com: El nuevo marco conceptual (nPGC)

CAMBIAN LAS NORMAS DE CONTABILIDAD:
El nuevo marco conceptual

Desde el próximo 1 de enero, las empresas tienen que empezar a aplicar un nuevo Plan General de Contabilidad. EXPANSIÓN inicia hoy una serie de artículos explicando las nuevas normas, en colaboración con el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE).
Publicado el 2007/12/26, por Mario Alonso Ayala

Durante las últimas décadas, la información económico-financiera se ha transformado en un bien público de indudable valor. Sus usuarios trascienden a los accionistas y alcanzan a empleados, clientes, proveedores, instituciones financieras, analistas, administraciones públicas y otros muchos agentes sociales.

Por otra parte, en una economía globalizada, con un imparable desarrollo e internacionalización de los mercados, parece absurdo que la información contable no sea comparable ni comprensible para todos.

Además, las operaciones financieras cada vez son más complejas y sofisticadas, lo que obliga a que las normas contables sean capaces de recoger la realidad económica de las mismas.
Por todas estas razones es aconsejable la adopción de unas normas internacionales de contabilidad, comunes para todos, que respondan a estas nuevas realidades.

Con la publicación del RD 1514/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el Plan General de Contabilidad y la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil, se ha culminado el proceso de modificaciones contables iniciado hace unos años en España y que nos acercan a las normas internacionales en esta materia.

Con respecto al marco conceptual del nuevo Plan contable, las novedades más reseñables podríamos situarlas en los siguientes apartados:

1 .- Los nuevos principios contables se basan en dos hipótesis básicas: el principio de empresa en funcionamiento y el de devengo, apoyado por los de uniformidad, no compensación, importancia relativa y prudencia, que pierde el carácter preferencial que tenía en el plan antiguo, desapareciendo principios tradicionales como el de registro, correlación de ingresos y gastos, o precio de adquisición.

2.- Se establecen las condiciones para que transacciones o hechos económicos puedan reflejarse en las cuentas anuales, de forma que sólo podrán reconocerse activos cuando sea probable la obtención por estos de rendimientos futuros, siempre y cuando se puedan valorar con fiabilidad. En consecuencia, partidas hasta la fecha reconocidas como tales, como los gastos a distribuir o las acciones propias, pierden este carácter.

En cuanto a los pasivos, quedan definidos como obligaciones actuales, cuyo cumplimiento futuro sea probable y su valoración fiable.

De la definición se desprende que determinadas provisiones habituales en nuestros balances, van a desaparecer y quedarán como simples notas en la memoria.

El patrimonio neto queda conceptuado como la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos.

Por lo tanto, categorías intermedias como los Ingresos diferidos dejarán de existir. Ello implica también una extraordinaria modificación en cuanto a lo no identidad de patrimonio neto y los fondos propios, ya que en el primero se incluyen, además, las subvenciones, donaciones y legados, y los ajustes por cambios de valor.

3.- Dentro de los criterios de valoración, las novedades fundamentales son:

Dentro del valor razonable, aunque realmente limitado en su aplicación si lo comparamos con la prevista en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), se debe utilizar en la inmensa mayoría de instrumentos financieros, en los inmovilizados adquiridos en operaciones de permuta comercial, en las aportaciones no dinerarias y en las combinaciones de negocios.

El coste amortizado, por el que se registran activos o pasivos financieros descontando a valor actual el efecto financiero del tiempo a transcurrir desde la formalización de la transacción y su vencimiento, se utiliza en la valoración posterior de instrumentos financieros, a excepción de las participaciones en empresas del grupo y los contabilizados a valor razonable. Desde un punto de vista práctico, ello significa, por ejemplo, que la facturación y la cuenta de Deudores de una empresa que cobre a sus clientes en un plazo superior a un año no se reconocerá por su valor nominal, sino por su coste amortizado. Esto, además de su efecto directo en la cuenta de pérdidas y ganancias, tiene implicaciones mercantiles y fiscales de gran calado; con la problemática añadida de que al no existir una referencia respecto a la tasa de descuento a aplicar, pueden producirse desviaciones en la deuda registrada por el cliente y por el proveedor.

El valor en uso y el valor actual son otros criterios novedosos.
El primero se refiere a la valoración descontando flujos esperados en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado, y el segundo respecto al descuento financiero de los flujos a recibir (activo) o a pagar (pasivo). El valor en uso será aplicable para valorar las posibles pérdidas por deterioro del inmovilizado material e intangible, mientras que el valor actual será el criterio de referencia para valorar las provisiones o las pérdidas por deterioro de los activos financieros.

Disposiciones transitorias
Por otra parte, el Real Decreto que aprueba el nuevo Plan General de Contabilidad (PGC) establece, en sus disposiciones transitorias primera a cuarta, las normas para la primera aplicación del Plan y los requisitos para elaborar la información comparativa en 2008.

Así, se establecen una serie de reglas generales, por las que los nuevos criterios valorativos deben aplicarse de forma retroactiva, salvo algunas excepciones. En consecuencia, para la confección del balance de apertura de 2008 deberán cumplirse las siguientes condiciones:

Se registrarán todos los activos y pasivos definidos en el nuevo Plan.

Se darán de baja aquellos activos y pasivos que no cumplan con lo que establece el nuevo marco conceptual, por ejemplo, gastos amortizables, gastos a distribuir, ingresos diferidos, etc.

Se reclasificarán las cuentas en base a las nuevas denominaciones y numeraciones establecidas.

Respecto a los criterios de valoración, el Plan abre la opción de registrar los activos y pasivos según las nuevas normas o según las reglas del PGC 1990, salvo los instrumentos financieros que se valoren por su valor razonable.

La contrapartida de todos los ajustes a realizar en el asiento de apertura serán reservas voluntarias, salvo alguna excepción y salvo aquellos casos en los que las normas de valoración del Plan obligan a utilizar otras cuentas de patrimonio neto, por ejemplo, los activos financieros disponibles para la venta, cuyos ajustes al valor razonable se realizan directamente contra cuentas del subgrupo 13.

Como excepción a la regla general de aplicación retroactiva, se establece la no obligatoriedad, entre otros, en los siguientes casos:

Diferencias de conversión en cuentas anuales en moneda extranjera.
Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.
Capitalización de gastos financieros en inmovilizado material y en existencias.
Provisiones por desmantelamiento, rehabilitación o retiro relacionadas con el inmovilizado material.

Por otra parte, se prohíbe la aplicación retroactiva de las nuevas normas, entre otros, en los siguientes casos: los instrumentos financieros no derivados que se dieron de baja conforme al PGC 1990 no volverán a reconocerse en la apertura; las coberturas contables, que no cumplan las condiciones para serlo, y los activos no corrientes mantenidos para la venta.

Por último, se añaden una serie de reglas específicas en relación a las combinaciones de negocios realizadas antes de la fecha de apertura.

Finalmente, respecto a la información comparativa en las cuentas de 2008, debe señalarse que, acertadamente, el Plan deja la opción de considerar éstas como cuentas anuales iniciales, por lo que se podrá no reflejar cifras comparativas en las referidas cuentas.

Para este primer año, las obligaciones se limitarán a incluir en la memoria el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio anterior, así como un epígrafe específico con la denominación Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables, que incluirá información relativa a las principales diferencias en los criterios contables aplicados y la cuantificación del impacto en el patrimonio neto como consecuencia de este cambio normativo.

La economía globalizada exige que la información contable sea comparable y comprensible por todos

El nuevo plan permite que las cuentas de 2008 puedan no reflejar cifras comparativas

Claves de la reforma
  • Desaparece el carácter preferencial del principio de prudencia.
  • Con la nueva reforma se aplicarán nuevos criterios de valoración , como el coste amortizado, el valor razonable y el valor en uso.
  • El valor razonable se convierte en elemento fundamental para contabilizar la mayoría de las operaciones financieras.
  • La nueva forma de contabilizar las deudas a más de un año tiene importantes implicaciones fiscales.
  • El Plan considera las cuentas de 2008 como iniciales, lo que afectará a la comparación con las cifras registradas este año.
Mario Alonso Ayala, vicepresidente primero del ICJCE, y presidente de Auren
Mañana: Normas de registro y de valoración

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