viernes, 28 de septiembre de 2007

Expansión.com: Los expertos piden mayores penas para los contables en casos de insolvencias

Los expertos piden mayores penas para los contables en casos de insolvencias
Las partes que actúan en un proceso concursal hacen un balance negativo de la norma, que entró en vigor hace tres años y sobre la que piden más dureza a la hora de juzgar la responsabilidad del administrador de la empresa en un concurso necesario.
Publicado el 2007/09/28, por Carlos L. Abadía. Madrid

Después de tres años de la entrada en vigor de la Ley Concursal, los objetivos por los que se promulgó no se han cumplido, según las partes implicadas en la materia. Entre los críticos, jueces y administradores concursales señalan que la norma es benévola con el administrador de una empresa sobre la que se insta un concurso necesario, ya que si éste no lleva la contabilidad no se le puede imputar responsabilidad concursal.

Así se puso de manifiesto en el encuentro especializado con motivo del tercer aniversario de la norma, organizado por el bufete Jausas y la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE) que preside Cristina Jiménez Savurido.

Desde la entrada en vigor de la Ley Concursal se ha producido una "tímida" tendencia alcista en lo que a actividad concursal se refiere. En 2005 se declararon 666 concursos, en 2006, 927 y 941 durante el último año, según estadísticas elaboradas con PricewaterhouseCoopers.

Críticas
En el encuentro, en el que participaron, jueces de lo mercantil, administradores concursales, economistas, abogados, directivos de entidades financieras y miembros de la Administración, se apuntó la difícil situación en la que trabajan los concursalistas en los procesos necesarios. "Estamos teniendo muchos problemas para elaborar una lista de acreedores, que elaboramos gracias al procedimiento de circularización porque el administrador de la empresa desaparece y no atiende a nuestras peticiones. La situación se repite al identificar los activos de la empresa en donde tampoco contamos con su colaboración", afirma el economista Antonio Moreno, para quien esta situación es fruto de una norma demasiado "benigna en las penas".

Otras de las críticas a la ley fue la responsabilidad de los administradores en este tipo de procesos. Entre los asistentes se denunció la dificultad para un juez de imputar responsabilidad concursal al administrador de una empresa ante una situación de insolvencia cuando no existe contabilidad sobre la misma. "En estos casos, lo único que podemos hacer es inhabilitar al administrador para el ejercicio del comercio", aseguró el juez del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Barcelona, Luis Rodríguez.

Además, los asistentes también aseguraron la dificultad para que los acreedores puedan cobrar cuando existe un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) a la vez que el proceso concursal. "El resultado de la negociación con los sindicatos siempre lleva a no poder cubrir los créditos contra la masa", comentó el economista Francisco Lorente.

Las estadísticas demuestran que los acreedores no tienen mucha confianza en que un concurso les ayude a cobrar. Así, desde 2004 sólo el 12% de los concursos fueron instados por acreedores, 315 en total.

A esta problemática se suma que el proceso se alarga en exceso porque "es casi imposible cerrar un ERE en 20 días, con suerte se puede hacer en 26 ó 27", añadió Lorente. Por eso, desde el colectivo de economistas presentes en el acto se denunció que dado la singularidad de la problemática laboral, los concursalistas tienen que recurrir a un abogado laboralista al que deben pagar unos honorarios. Por eso, piden que sea la empresa deudora la que negocie directamente con los trabajadores, en presencia de la administración concursal y si se llega a un acuerdo que lo valide y traslade el mismo juzgado.

Por su parte, Agustín Bou, socio de Jausas apuntó una tendencia que ya ocurre en Estados Unidos y que en España casi no se da: "El 95% de los concursos pertenecen a personas físicas y el resto sólo a empresas".

Los concursalistas piden una retribucion por objetivosLa retribución de los administradores concursales se ha convertido en una reivindicación histórica de este colectivo, que alega que la remuneración que reciben no se corresponde con el trabajo y tiempo que emplean en un concurso, por eso en repetidas ocasiones han pedido un incremento del arancel sobre el que se calculan sus honorarios. En opinión del economista Juan Ferrer "el actual sistema de retribución no prima una actuación diligente que tienda a maximizar el valor de los activos o la venta de la empresa" y cita el ejemplo del sistema alemán, donde "el administrador concursal cobra la misma cantidad si consigue un buen resultado para los trabajadores o si consigue vender una empresa saneada, que si lleva a cabo una liquidación ruinosa", concluye. La falta de rentabilidad de los procesos concursales para los administradores y el colapso de los servicios jurídicos llevó a varios colegios profesionales de Cataluña a asegurar que en el futuro puede haber escasez de profesionales dedicados a las quiebras. La Administración ha señalado que reflexionará acerca de un sistema de retribución a través de un fondo que se nutriría con alguna parte de los honorarios de los administradores que sí logran cobrar.
  • Desde 2004, sólo el 12% de los concursos fueron instados por acreedores
Este suplemento ha sido elaborado por: Victoria Martínez-Vares - mvmartinez@wke.es
Jaime Elías Navarro - jaime.navarro@recoletos.es
María Álvarez Caro - malvarez@wke.es
Carlos López Abadía - carlos.lopez@recoletos.es

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