viernes, 27 de abril de 2012

AntonioEsteban.com: Legalización de libros contables (2012): segunda parte

Legalización de libros contables (2012): segunda parte
En esta segunda parte de la legalización de libros contables nos centramos, como se anunciaba en la primera parte, en la presentación de los libros para su correcta legalización que se podrá llevar a cabo según mostramos en la imagen siguiente:

Para la presentación telemática se requiere ser usuario abonado del Colegio de Registradores, disponer de firma electrónica (SCR, FNMT, ACA, Firma Profesional, CATCERT, ANCERT, DNIe, ..) y generar los libros con el programa LEGALIA.

Los envíos telemáticos deberán incorporar los archivos en los que conste la documentación contable. En el caso que se incorporen sin información contable no se procederá a presentar la solicitud en el libro Diario de Legalizaciones.
La presentación por vía telemática exime de la autoliquidación previa.

Junto al modelo de solicitud y al soporte CD/DVD se acompañará la certificación de la huella digital firmada por el Administrador, en unión de la hoja de autoliquidación.
Las solicitudes deben de estar cumplimentadas en su totalidad, deben de contener la firma del Órgano de Administración de la sociedad y el sello correspondiente de la misma. En caso de no tener sello, deberá identificarse la firma con el nombre y DNI, y acompañando fotocopia del DNI del firmante.

La autoliquidación deberá realizarse separando las sociedades presentadas en soporte papel de las sociedades presentadas en soporte disco, se realizará el pago por separado. Si un presentante presenta libros en soporte papel y en soporte disco, deberá realizar una autoliquidación para cada tipo de soporte, incluyendo en una autoliquidación todos los libros en soporte papel y en la otra, todos los libros en soporte disco.

En la presentación en papel la solicitud deberá constar fuera del primer libro correspondiente a cada lote de sociedad/empresario que deba ser legalizado.
Junto al modelo de solicitud de legalización de libros se acompañarán los libros y la hoja de autoliquidación .

Las solicitudes deben de estar cumplimentadas en su totalidad, deben de contener la firma del Órgano de Administración de la sociedad y el sello correspondiente de la misma. En caso de no tener sello, deberá identificarse indicando el nombre y DNI, y acompañando fotocopia del DNI del firmante.

La autoliquidación deberá realizarse separando las sociedades presentadas en soporte papel de las sociedades presentadas en soporte disco, se realizará el pago por separado. Si un presentante presenta libros en soporte papel y soporte disco, deberá realizar una autoliquidación para cada tipo de soporte, incluyendo en una autoliquidación todos los libros en soporte papel, y en la otra todos los libros en soporte disco. Se recomienda que la encuadernación de los libros sea DINA4.

En todos los formatos de presentación, atendiendo al artículo 331 del Reglamento del Registro Mercantil, si no se acompañan los libros, los Registros no proceden a presentar la solicitud en el libro Diario de Legalizaciones.

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