Letrados y bufetes independientes alertan de que el Proyecto de Ley de Auditoría, al que se preparan enmiendas, rebaja las incompatibilidades entre abogados y auditores. Estos últimos recuerdan que se está adaptando la Directiva.
Publicado el 12-01-2009 , por Mercedes Serraller
El Anteproyecto de Ley de Auditoría no prevé que las firmas de auditores y sus áreas legales deban tener Consejos de Administración distintos y ser personas jurídicas diferentes tal y como disponen la ley actual y el Estatuto de la Abogacía.
Letrados y bufetes independientes advierten de lo que, a su juicio, es una relajación de las incompatibilidades del auditor. Así, la misma firma que asesora a una empresa sobre cómo hacer una fusión puede auditarla.
A la espera de que se presenten enmiendas en el Congreso, los auditores recuerdan que el Anteproyecto trata de adaptar la Directiva comunitaria y de que los desarrollos de la legislación europea fomentan la competencia y el libre mercado. Según el ránking de auditoras de EXPANSIÓN, los servicios legales y tributarios reportaron al sector 437,69 millones de euros en 2008, un 23,26% del total.
En concreto, el Anteproyecto presenta tres aspectos problemáticos para la Abogacía, que propone unas enmiendas a las que ha tenido acceso este periódico.
El artículo 8.1 no habla de la "independencia" del auditor sino de su "objetividad". En segundo lugar, el artículo 8.3 sólo exige la independencia del auditor que firma un informe, no de la sociedad o de alguno de los socios. Y únicamente restringe la prestación de servicios de abogacía a firmas auditadas en litigios materiales, pero no otros asesoramientos.
A José María Segovia, socio director de Uría Menéndez, el Anteproyecto le parece "un sarcasmo, un dislate, con todo lo que ha pasado en el mundo en los últimos tres años y el consenso que hay sobre la regulación". No entiende que "cuando la UE quiere que se homogeneicen las normas y se insista en la independencia el texto apueste por rebajarla. O que desaparezca la prohibición de la Directiva de intervenir en la toma de decisiones de la auditada". Pero tiene "confianza, por el interés general, en que se resuelva en trámite parlamentario y que sólo obedezca a un error de sus redactores".
Para Joaquín García-Romanillos, secretario general del Consejo General de la Abogacía (CGAE) y socio de Gómez-Acebo & Pombo, "la función y el trabajo de abogados y auditores, no sólo es intrínsecamente distinto, sino también esencialmente incompatible. El abogado defiende los derechos e intereses de sus clientes; el auditor defiende a los terceros, a la ciudadanía, a la limpieza del trafico mercantil; el letrado debe callar las confidencias de su cliente; el auditor tiene que descubrir y enseñar".
Las auditoras facturan 437,69 millones en su área legal/tributaria, el 23,26%
A juicio de García-Romanillos, "los auditores, para poder ser también abogados, vienen acudiendo a distintos remedios, bastante desafortunados, para obviar la incompatibilidad real, buscando una incompatibilidad sobre el papel, antes acudiendo la misma organización a Consejos de Administración distintos, ahora, en la modificación de la Ley de Auditoría que se avecina, distinguiendo, imagino que en el seno de la misma compañía, socios que se dedican a auditar de aquellos de lo legal como algunos les llaman, o bien en función de la importancia que tenga el litigio sobre los estados financieros. La abogacía es la misma con independencia de la importancia del asunto".
Hay un despacho de abogados español, Garrigues, que hizo el recorrido inverso y se fusionó con la auditora Andersen en 1997. Los anteriores socios directores, José María Alonso y Miguel Gordillo, recordaban que "la operación fue bien entendida por unos y mal por otros, la profesión clásica de la abogacía lo entendió regular [...], situación que se superó". Ricardo Gómez-Barreda y Fernando Vives, socios directores actuales, opinan que "es necesaria una transposición completa de la Directiva y el legislador debe atenerse a ésta. Hay aspectos del Proyecto de Ley que deben precisarse más".
Pero no esperan "grandes cambios en el mercado. Las empresas ya han asumido que en este área las propias firmas auditoras tienen mucho interés en preservar la imagen de independencia del auditor".
Fuentes de un despacho de abogados vinculado a una firma de servicios profesionales aseguran que "el proyecto de ley cumple con la Directiva europea escrupulosamente. Con esta modificación, la normativa española de independencia se alinea con el estándar profesional internacional más reconocido (el código de ética de IFAC)". Y zanjan: "El proyecto de ley no relaja, sino que endurece los requisitos, al prohibir que el auditor participe en servicios referidos a la resolución de litigios materiales para su cliente".
Agustín Checa, socio de Auditoría de BDO, cree que es "prematuro" sacar consecuencias de un texto que se va a enmendar. "El sector se hará más gestionable. Frenar la competencia es ponerle puertas al campo", concluye.
ICJCE: "Se endurecen los requisitos al auditor"
Rafael Cámara, presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), asegura que "los cambios que introduce el Proyecto son consecuencia de la necesaria transposición del Derecho comunitario. Así, tanto la VIII Directiva como la Recomendación de la Comisión de 16 de mayo de 2002, sobre principios fundamentales en materia de independencia de los auditores de cuentas en la Unión Europea, introducen diversas novedades en este ámbito, dirigidas a primar el control por parte de los auditores de su independencia, partiendo de un sistema de principios de actuación profesional". Cámara insiste en que "en modo alguno se trata de una relajación de las restricciones que deben cumplir las firmas de auditoría que desempeñan también servicios legales. El proyecto no relaja sino que endurece los requisitos, al prohibir que el auditor participe en servicios referidos a la resolución de litigios materiales para su cliente".
El presidente del ICJE recuerda que los auditores son, "probablemente, la profesión más regulada que existe, y el Proyecto de Ley refuerza las exigencias de nuestra regulación en materia de independencia. No puede considerarse que exista ninguna novedad en este punto, dado que la reforma legislativa lleva más de dos años tramitándose y, como se ha señalado, la regla que recoge el Proyecto de Ley ya se encuentra en la Recomendación de 2002". Por último, Cámara considera "un acierto del Gobierno avanzar en la introducción de mayor competencia en este ámbito, en el marco del objetivo general de la UE de la liberalización de los servicios y de la consecución de una mayor competencia en el mercado único interior".
Futuro Estatuto
- Según fuentes del Consejo General de la Abogacía (CGAE), el futuro Estatuto de la Abogacía sólo señalará una incompatibilidad al abogado: la auditoría.
- El Proyecto de Ley de Auditoría es uno de los asuntos "Ley de Acceso, Ley Ómnibus, etc." que retrasan la redacción del Estatuto.
- A la espera de que se concrete la Ley de Auditoría, el CGAE insiste en su redacción actual: "El abogado no podrá realizar actividad de auditoría simultáneamente para el mismo cliente [...] o para quienes lo hubiesen sido en los tres años precedentes. No será incompatible si se realiza por personas jurídicas distintas y con Consejos de Administración diferentes".
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