Las inquietudes de los directivos ante los concursos La Asociación Española de Directivos debate los principales puntos conflictivos que tienen que afrontar los empresarios en el marco de los expedientes concursales.
Publicado el 2008/11/28, por Teresa Ferreirós Criado
Los expedientes de regulación de empleo (ERE), las deudas tributarias y los contratos de suministros son las principales inquietudes de los directivos ante el aumento del número de concursos de acreedores que está habiendo en España. En el tercer trimestre de este año, se han abierto 764 expedientes concursales, lo que supuso un 263,8% más que en el mismo periodo del año anterior.
El Colegio de Economistas espera cerrar este ejercicio con entre 2.500 y 3.000 empresas en situación de concurso. Cataluña concentra el 22% de los procesos concursales, con 165 deudores en el tercer trimestre.
Ante el recrudecimiento de la situación económica, sobre todo para pequeñas y medianas empresas (pymes), la Asociación Española de Directivos (AED) reunió ayer en Barcelona a abogados, magistrados y empresarios en una jornada que llevó por título El concurso de acreedores hoy. Aspectos esenciales desde la óptica del directivo.
El principal objetivo del evento fue abordar los temas que más preocupación generan entre el empresariado. Juan José Hita, abogado de Clifford Chance, habló sobre los aspectos laborales de los procesos concursales, en concreto de la diferencia en la presentación de un ERE si la empresa está en situación concursal o no. Este tema tiene especial relevancia en el actual momento económico en que los ERE están a la orden del día.
Hita destacó que el 38% de los expedientes concursales afectan a sociedades que emplean hasta 50 trabajadores. El principal problema que se plantea son los plazos. Según la Ley Concursal, antes de la presentación de un ERE, debe solicitarse la declaración de concurso, nombrar a los administradores concursales y que éstos emitan un informe sobre la situación de la empresa. "Y todos sabemos que, en la mayoría de los casos, estos informes tardan en redactarse", dijo el abogado. Hita señaló varios autos de juzgados mercantiles, como el número 4 de Madrid, que contravienen esta norma de la ley, aunque no han sentado todavía jurisprudencia.
"Me pregunto si realmente es necesario alargar tanto este proceso", señaló.
Venta de negocios
En la ponencia del abogado destacaron también los aspectos relativos a la venta de negocios en funcionamiento de la empresa en situación concursal a terceros o a un acreedor. La ley, cuyo principal objetivo es favorecer la continuidad del negocio, incentiva la adquisición de sociedades concursadas mediante la exoneración al comprador de la responsabilidad que corresponde al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y de acuerdos para modificar las condiciones colectivas de trabajo. Javier Grávalos, abogado de Uría Menéndez, explicó qué ocurre con las deudas de una empresa con la Administración Tributaria desde el momento de publicación del auto de declaración de concurso. El principal aspecto que quiso transmitir a los empresarios asistentes es que los proveedores de una empresa concursada sólo disponen de un plazo de un mes para reclamar la recuperación del IVA de las facturas no cobradas. "Los jueces están siendo muy taxativos en este sentido", dijo Grávalos. La ponencia de Nicolás de Salas, administrador concursal, versó sobre los contratos de suministro durante el proceso concursal.
Este tipo de contratos son esenciales para el funcionamiento de la empresa. Según la ley, no varían en absoluto aunque la empresa se declare en concurso de acreedores. Sin embargo, el juez es competente para resolver aquel contrato que pueda perjudicar al concursado o, al contrario, mantener un contrato que se ha resuelto por incumplimiento, si ello beneficia a la empresa concursada.
- El 38% de los concursos de acreedores afecta a empresas de hasta 50 empleados
- El juez es competente para mantener un contrato resuelto por incumplimiento si beneficia al concursado
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