El Supremo zanja la disputa por la colegiación de los economistasLa sentencia anula la pretensión del Colegio de Titulados Mercantiles de que los licenciados en Económicas, rama empresa, se colegiaran en dicha corporación.
Publicado el 2008/01/18, por Victoria Martínez-Vares. Madrid
El pronunciamiento del Tribunal Supremo pone de manifiesto que los licenciados y doctores en Ciencias Económicas y Empresariales, así como los licenciados en Administración y Dirección de Empresas, sólo deben colegiarse en el Colegio de Economistas.
El Alto Tribunal desestima el recurso de casación presentado por el Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de Cataluña, ratificando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que anuló la modificación estatutaria promovida por el Colegio de Titulados Mercantiles que preveía la posibilidad de incorporación de los licenciados en Ciencias Empresariales y en Ciencias Económicas y Empresariales (rama empresarial) a dicha corporación.
Reflejo de la realidad
Joan Casas, vicedecano del Colegio de Economistas de Cataluña, valora positivamente la decisión del Supremo, que zanja una disputa abierta desde el año 1991, por "reflejar una situación real del nivel y ámbito competencial de los distintos colegios". A juicio de Casas, este pronunciamiento del Supremo aclara el rol social y profesional de cada institución colegial y ofrece más seguridad en el ejercicio de la profesión del economista.
Por su parte, Valentí Pich, recientemente elegido nuevo presidente del Consejo General de Colegios de Economistas (CGCE), indica que la contienda judicial ha venido a confirmar que las dos grandes ramas de las facultades de Económicas -los licenciados en Economía general y los licenciados en Empresa- sólo se pueden colegiar en los colegios de economistas. A su juicio, "siempre es positivo que un Alto Tribunal ratifique lo que se está haciendo y cuál es la práctica profesional". Sin embargo, Pich resta importancia a la resolución por cuanto "nuestro Estatuto Profesional ya especifica que existen ambas licenciaturas y, además, que se pueden colegiar".
Por otra parte, tanto Casas como Pich aluden a la situación que se va a producir con la denominada Declaración de Bolonia, que obligará a los colegios a adaptar sus Estatutos a la nueva realidad.
El presidente de los economistas pone de relieve que las nuevas titulaciones de grado y postgrado van a requerir una atención preferente de toda la organización colegial y la estrategia a seguir para propiciar la inmediata incorporación de los futuros graduados universitarios. Finalmente, Pich señala su disposición a colaborar activamente con los encargados de definir los planes de estudio de las nuevas titulaciones.
El gran reto para los profesionales
Desde el Colegio de Economistas de Cataluña consideran que la sentencia permitirá afrontar el proceso de adaptación a la nueva regulación de las Sociedades Profesionales con mayores garantías.
Joan Casas, vicedecano de dicha corporación, valora positivamente la Ley de Sociedades Profesionales por cuanto "aporta un marco de actuación definido para las mismas". A su juicio, "la nueva norma refuerza el papel de los Colegios Profesionales y su competencia" pero advierte de que "existe cierta dificultad de interpretación", que espera se clarifique con la puesta en marcha de la ley. Por su parte, el presidente del Consejo General de Colegios de Economistas (CGCE), Valentí Pich, opina que si bien es cierto que la Ley de Sociedades Profesionales refuerza a las instituciones colegiales, también lo es que les obliga a establecer nuevas garantías y circuitos administrativos que, sin duda, "supondrá un reto", apostilla. Pich cree que la nueva normativa es "revolucionaria" en el sentido de que una sociedad pueda estar inscrita en diferentes colegios y esté sujeta a distintas deontologías profesionales, así como por el hecho de que la sociedad pueda ser un colegiado.
Para Pich, esta Ley "reforzará la seguridad jurídica de los clientes y prestigiará a las sociedades profesionales".
La resolución aclara el rol de cada institución colegial, según la parte demandada
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