El artículo 21.4 de la Ley concursal, en la redacción dada por Ley 38/2011, impone a la administración concursal la obligación de comunicar la declaración del concurso, en los siguientes términos:
La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte.

Esta obligación deberá cumplirse para todos los concursos que se declaren a partir del 1 de enero de 2012 (Disposición transitoria 1ª.1 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre).
Formulario de comunicación a la Agencia Tributaria.
Formulario de comunicación a la TSGS.
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