Estimado/a miembro del REGA:
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ha publicado con fecha 29 de diciembre de 2010 la Resolución sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.
En el primer ejercicio de aplicación de esta Resolución las entidades deberán incluir en la memoria de las cuentas anuales exclusivamente la información relativa al importe del saldo pendiente de pago a los proveedores, que al cierre del mismo acumule un aplazamiento superior al plazo legal de pago. Además, en las cuentas anuales de este primer ejercicio no se presentará información comparativa correspondiente a esta nueva obligación, calificándose las cuentas anuales como iniciales a estos exclusivos efectos en lo que se refiere a la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad.
Esta Resolución es de aplicación a todas las empresas españolas, en la formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas
El Departamento Técnico del REGA está trabajando en la elaboración de una Guía de Trabajo que esperamos tener disponible en próximas fechas.
El texto de esta norma, que te adjuntamos en pdf, está disponible en la página web del ICAC www.icac.meh.es.
Recibe un cordial saludo.
Lorenzo Lara Lara
Presidente del Consejo Superior y del Rega
Eladio Acevedo Heranz
Secretario General en Funciones del Rega
CORPORACIÓN DE DERECHO PÚBLICO
AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD
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