jueves, 8 de abril de 2010

RECJ: Noticias de Concursal más destacadas de Marzo

Noticias de Concursal más destacadas de Marzo

Estimado/a compañero/a:

Me complace adjuntarte un breve resumen de las noticias de prensa más interesante en materia concursal que se han publicado durante el mes de marzo.

NOTICIAS REFERENCIADAS (MARZO)

“Respaldo a los administradores concursales en el caso de Aifos”
El juez mercantil opta por no apartar a los administradores concursales del concurso, aunque pertenezcan a la misma entidad, PricewaterhouseCoopers, cuya rama legal, Landwell, asesoró en la refinanciación de la deuda. Así, es válido que entre los administradores concursales de una compañía se encuentren dos que pertenezcan a una misma entidad, cuya rama legal asesoró previamente en la refinanciación de la deuda. De esta forma lo ha entendido el juez titular del Juzgado de lo Mercantil I de Málaga, Antonio Fuentes Bujalance, al rechazar la recusación de dos de los administradores concursales de la inmobiliaria Aifos. Así mismo, el magistrado reconoce que el juzgado debía haber sido “más pulcro”, al igual, que el arduo trabajo de los administradores concursales y que lo considera “sin pega alguna”. A juicio del magistrado, la entrada de nuevos administradores concursales provocaría dilaciones, situación que en un concurso es “indeseable”. El magistrado estima que, aún siendo cierto que los dos administradores pertenecen a una firma que ha asesorado a la concursada, “la relación profesional es de un despacho, sin que se sepa realmente que tipo de asesoramiento se ha prestado, ni por quién en concreto”. Al respecto, indica el auto, el hecho esencial sobre el que gravita la recusación –la presentación de servicios a la concursada- no ha sido acreditado por los recurrentes, de manera tal que el juzgador pueda deducir si realmente hubo o no asesoramiento o en qué consistió el mismo. Sin embargo, el auto resulta tajante al indicar que “una firma multidisciplinar como es PwC puede tener equipos de economistas y letrados sin que necesariamente exista colaboración directa entre ellos y lo que es evidente es que las causas de recusación no pueden presumirse”. Así, frente a lo esgrimido por los acreedores que consideraban como causa para recusar al economista el hecho de que había prestado simultáneamente servicios de abogacía, el magistrado se opone argumentando que la “la Ley
Concursal no veda la posibilidad de constituir personas jurídicas que se ocupen de prestar
servicios de asesoramiento legal o económico y que éstas se nombren como administradoras
concursales”.
Fuente: 5/03/2010 Expansión

“Los concursos de acreedores cayeron un 6% en febrero”
Es el primer descenso que se produce en los dos últimos años. Un ligero respiro. Eso es lo que ha supuesto el pasado mes de febrero para las empresas al conjurar un tanto el peligro de llegar al concurso de acreedores. En concreto, por primera vez en dos años en febrero de 2010 los concursos de acreedores han disminuido un 5,96%, sumando un total de 521 frente a los 554 casos del ejercicio anterior, según se desprende del informe Estudio de Movimientos Empresariales realizado por la consultora Informa D&B. A pesar de este ligero descenso, el acumulado de los dos primeros meses de este año no es positivo y arroja un aumento del 5,02% de los concursos de acreedores. El total alcanzado ha sido de 878 casos, frente a los 836 declaraciones de insolvencia de enero y febrero de 2009.
Fuente: 10/03/2010 Cinco Días.

“Un juez frena la gestión concursal ineficiente”
Cesa a uno de los administradores por no tener despacho en la ciudad donde se desarrolla el proceso y no designa a uno nuevo para ahorrar costes al concurso. Así, un reciente auto de un juez de lo mercantil ha dejado sentado que para poder ejercer como administrador concursal hay que tener un despacho en la ciudad del concurso. La falta de este requisito, sumado al hecho de que el gestor concursal tampoco contaba con los cinco años de experiencia profesional que exige la norma, han determinado que el magistrado haya optado por cesarle en el cargo. De esta forma, para el juez, ambas situaciones “integran la justa causa para la separación a la que se refiere el artículo 37 de la Ley Concursal” por lo que acuerda, tal y como había sido solicitado por la parte recurrente, separar al profesional designado por el acreedor como administrador concursal. Por ello, con esta decisión el titular de lo Mercantil nº 8 de Madrid pone en cuestión algunas prácticas de determinados profesionales que se desplazan por todos los juzgados pidiendo ser nombrados administradores cuando ni siquiera cuentan con un despacho en el territorio del órgano judicial que conoce del concurso. En su opinión, la ausencia de este requisito “implica una falta de arraigo” que, sin embargo, resulta preciso “para el buen desempeño de su función”. Por otra parte, este auto consta de gran interés debido a la decisión que toma el juez con el objetivo de no perjudicar el fin último del concurso que, no es otro, que satisfacer en la medida de lo posible sus expectativas de cobro.
De esta forma, el magistrado decide, tras haber cesado al gestor, no proceder a nombrar a uno nuevo, sumándose a una corriente jurisprudencial iniciada en Barcelona que sostiene que un concurso puede gestionarse con dos administradores concursales en lugar de tres. Así, en el artículo 38.1 de la Ley Concursal dispone que, en todos los casos de cese de administrador concursal, el juez procederá de inmediato a efectuar un nuevo nombramiento. Esta previsión, según consta en el auto “pierde todo su sentido cuando la tramitación del procedimiento concursal ha llegado a tal punto de evolución que no se precisa ya el trabajo de tres administradores concursales”. Por último, el magistrado, dada la inexistente actuación del administrador ahora cesado le exonera de rendir cuenta de su labor y le priva del derecho de obtener remuneración alguna.
Fuente: 15/03/2010 Expansión.

“Habitat podría salir del concurso en abril”
Si no hay contratiempos, Habitat podría levantar el concurso después de Semana Santa. Así, acreedores que suman un 60% de la deuda de la compañía, cifrada en 2.840 millones de euros, han dado ya su aprobación a la propuesta de convenio y han depositado su adhesión ante el notario.
Fuente: 23/03/2010 Expansión.

“Air Comet va a concurso tras no lograr renegociar 160 millones de deuda”
Air Comet, la aerolínea del grupo Marsans cerrada en diciembre de 2009, presentó el 23 de marzo ante el Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid el concurso de acreedores. Así, la deuda entre bancos y acreedores comerciales, asciende a 160 millones.
Fuente: 24/03/2010 Cinco Días.

“Los jueces mercantiles agilizan los concursos”
Los juzgados mercantiles de Barcelona han creado un modelo de solicitud de declaración de concurso voluntario pionero en España para facilitar y agilizar las peticiones que a diario entran en sus dependencias, según el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Así, la solicitud, debe presentarse firmada por el abogado y el procurador. De esta forma, el objetivo del formulario es que, una vez el juez tenga este nuevo modelo, pueda empezar a trabajar, con lo que se agiliza el trámite inicial. Otra novedad de la propuesta es que prevé que la documentación se presente en soporte electrónico, excepto los documentos básicos como la plantilla, los poderes y la tasa, que seguirán en papel.
Fuente: 31/03/2010 Cinco Días


Esperando que sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
Alfred Albiol Paps
Secretario del REC-J

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