sábado, 27 de marzo de 2010

AntonioEsteban.com: Visualización de Gastos e Ingresos en el PGC.

Visualización de Gastos e Ingresos en el PGC
El Plan General de Contabilidad (PGC) reconoce en la cuenta de Pérdidas y Ganancias el resultado contable del ejercicio, por diferencia entre gastos e ingresos imputables al mismo (registrados en los correspondientes grupos 6 y 7), clasificados atendiendo a su naturaleza.

Los ingresos y gastos del ejercicio se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias y formarán parte del resultado, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto, en cuyo caso se presentarán en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, (ECPN) de acuerdo con lo previsto en la segunda parte del PGC.
Recordamos, en este sentido, que el PGC establece que los elementos, cuando cumplan los criterios de reconocimiento que se establecen posteriormente, se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias (grupos 6 y 7) o, en su caso, directamente en el estado de cambios en el patrimonio neto (grupos 8 y 9), son:

* Ingresos: incrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de entradas o aumentos en el valor de los activos, o de disminución de los pasivos, siempre que no tengan su origen en aportaciones, monetarias o no, de los socios o propietarios.
* Gastos: decrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento del valor de los pasivos, siempre que no tengan su origen en distribuciones, monetarias o no, a los socios o propietarios, en su condición de tales.

Por tanto, el Estado de Ingresos y Gastos reconocidos (EIGR), uno de los dos documentos que integran el ECPN, recoge los ingresos y gastos devengados en el ejercicio y por diferencia el saldo global de los ingresos y gastos reconocidos, esto ese, el resultado global o total del ejercicio, presentando diferenciadamente las transferencias que se hayan realizado durante el ejercicio a la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con los criterios fijados en las correspondientes normas de registro y valoración.

De esta forma, el EIGR recoge los cambios en el patrimonio neto derivados de:

1. El resultado del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias.
2. Los ingresos y gastos que, según lo requerido por las normas de registro y valoración, deban imputarse directamente al patrimonio neto de la empresa.
3. Las transferencias realizadas a la cuenta de pérdidas y ganancias según lo dispuesto por el PGC.

A modo de conclusión, resulta interesante recordar que la vigente Norma Internacional de Contabilidad número 1 (NIC 1) señala que un conjunto completo de estados financieros comprende:

* un estado de situación financiera al final del ejercicio;
* un estado del resultado global del ejercicio;
* un estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio;
* un estado de flujos de efectivo del ejercicio;
* notas, que incluyen un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y
* un estado de situación financiera al principio del ejercicio comparativo más antiguo en el que una entidad aplica una política contable retroactivamente o realiza una reexpresión retroactiva de partidas incluidas en sus estados financieros, o cuando reclasifica partidas de dichos estados financieros.

Estableciendo que todas las partidas de ingresos y gastos reconocidas en un ejercicio se presentarán:

* en un único estado del resultado global, o
* en dos estados: un estado que muestre los componentes del resultado (cuenta de resultados separada) y un segundo estado que comience con el resultado y muestre los componentes de otro resultado global (estado del resultado global).

No obstante, recordamos que la NIC 1 ( párrafos 88 y 89) establece que:

Una entidad reconocerá todas las partidas de ingresos y gastos de un ejercicio en el resultado, a menos que una NIIF requiera o permita otra manera de efectuar el reconocimiento. Algunas NIIF especifican las circunstancias en las que una entidad reconocerá determinadas partidas fuera del resultado del ejercicio corriente.
La NIC 8 especifica dos de estas circunstancias: la corrección de errores y el efecto de cambios en las políticas contables.

Situaciones que comentaremos en la próxima entrada.

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