
PALMA.- Un acreedor del grupo inmobiliario Drac, propiedad de Vicente Grande, ha recurrido la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de nombrar administrador concursal a Jorge Sáinz de Baranda por no figurar éste en el listado de administradores concursales, lo que entiende vulnera la Ley Concursal, nueva normativa que regula las suspensiones de pagos. En un escrito presentado ante el Juzgado, el acreedor pide que se revoque el nombramiento porque, según la Ley Concursal, los administradores que gestionan una sociedad insolvente tienen que haber "manifestado su disponibilidad para el desempeño de tal función al Registro oficial de auditores de cuentas o al correspondiente colegio profesional".
Actualizado jueves 31/07/2008 18:51 (CET)
"Su nombramiento es nulo por contrario a la Ley", sostiene el acreedor, que afirma que Sainz de Baranda no figura en la última lista remitida por el Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares. El acreedor insiste en que, según la diversa doctrina jurídica emitida sobre la materia, "es requisito imprescindible en el nombramiento del administrador concursal profesional que el nombrado esté en las listas remitidas por los colegios profesionales". El impulsor del recurso también solicita al Juzgado que requiera al grupo Drac información sobre si firmó documentos contractuales o de otro tipo con otro de los administradores concursales, Raimundo Zaforteza.
Según cita, la Ley Concursal establece que "no podrán ser nombrados administradores concursales (...) quienes hayan prestado cualquier clase de servicios profesionales al deudor (...) en los últimos tres años". El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma declaró el pasado 22 de julio el concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) para el grupo Drac, propiedad del constructor y presidente del Real Mallorca, Vicente Grande, quien también se declaró insolvente a título individual y como persona física.
El auto dictado por el juez de lo Mercantil número 1, Francisco Martínez Espinosa, responde a la petición de concurso de acreedores que el grupo Drac presentó el día 16 de junio para catorce empresas de su propiedad y para el propio Grande, por un pasivo que ronda los 800 millones. El juez acordó que el grupo Drac mantuviera sus funciones de administración, labor que es supervisada por los tres administradores concursales propuestos por el magistrado, el economista Salvador Fornés y los abogados Jorge Sainz de Baranda y Raimundo Zaforteza Fortuny, éste último con condición de administrador acreedor. El magistrado aceptó la aplicación de la Ley Concursal a las empresas Bini Saeta, S.L.U.; Binipuntiró S.L.U.; Drachotels S.L.U.; Binobona, S.L.U.; Dracplus S.L.U.; Plus Aragón, S.L.U.; Pinanova, S.L.; y Brivalta, S.A.U. También declaró insolventes Autorecambios Hilario, S.L.U.; Bini María S.L.; Novadenia, S.L.U.; Promomendi, S.L.; Promotora Polígono Santa María S.A.U.; Joyería Colon 9 S.L.U.; y el propio Vicente Juan Grande Garau.
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