martes, 8 de julio de 2008

elDirectorEconómico: Algunas reglas para enfrentarse a la necesidad de refinanciación

Actualidad Económica:
Algunas reglas para enfrentarse a la necesidad de refinanciación

Debe ser la empresa que carezca de la liquidez necesaria para continuar con sus operaciones la que ha de dirigirse a la entindad financiera y hacerle un planteamiento atractivo al prestamista. Se escoja la opción que se escoja hay una serie de pasos que conviene seguir para cualquier situación de falta de activo en la que se opte por seguir adelante.
Por Pelegrín García Martínez, Interventor-Contador del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Almería.
el Director Económico, nº 10 (7 al 13 de Julio de 2008)

Con el fin de poder atender las necesidades financieras de cualquier entidad es necesario que la dirección de la misma se ocupe y preocupe de establecer y aplicar los controles y planes necesarios para conocer, anticipadamente, los escenarios y situaciones futuras que permitan prever situaciones de riesgo que pudieran determinar la adopción de medidas correctoras. Para acometer de forma exitosa eventuales necesidades de refinanciación, es preciso observar unas reglas que, a modo de recomendaciones, comentaremos, señalando como premisa básica, que la dirección de la empresa deberá estar convencida de sus planteamientos para poder defenderlos en cualquier situacióny ante cualquier auditorio.

Necesidades
Mediante las evaluaciones, cálculos y previsiones de la dirección, se determinará de forma razonada, cuáles son sus necesidades, estableciendo de forma ordenada y soportada por los cálculos necesarios, la valoración y la cuantificación que hace de las mismas. El documento elaborado, realizado con antelación suficiente como para no verse afectado por urgencias y prisas de última hora, habrá de servir de base para incorporarlo al oportuno-

Plan financiero
Un documento que de forma detallada permita visualizar la evolución de los flujos de caja futuros. Estos flujos habrán de incluir de forma completa las necesidades derivadas de eventuales inversiones o de renovaciones de equipos, ampliación de capacidad productiva, etc. La documentación así establecida, además, favorece la recepción y aceptación, por parte de las entidades crediticias, de la solicitud que presente cualquier entidad, pues en caso contrario, la solicitud tiene unos altos visos de ser rechazada.

Compromisos y deudas
Para determinar los posibles efectos que las deudas y compromisos contraídos puedan tener es imprescinidible su estudio. Esto nos deberá permitir elaborar la mejor estrategia a seguir en la negociación con la entidad financiera cuya oferta nos haya parecido más atractiva en cuanto a condiciones económicas y clausulado contractual. Previamente, deberíamos haber ido realizando los contactos con las diversas entidades con las que la entidad se relacione a fin de ir ‘sondeando’ las distintas opciones que se nos van abriendo y ofreciendo, así como las posibles respuestas ante nuestras propuestas.
Las entidades financieras son poco proclives a verse afectadas por un concurso de acreedores
De todas maneras, en gran medida, una refinanciación de deuda, en principio, evita costes si se realiza con la entidad que inicialmente contratamos créditos a refinanciar. También es cierto que la prestataria puede aportar otras posibilidades de negocio para la entidad financiera que permitan o favorezcan la negociación con la entidad financiera con la que negociar.

Condiciones del contrato
Tanto las cláusulas como las condiciones financieras del contrato son aspectos que deben ser considerados pues dependiendo de los mismos, y teniendo en cuenta en la situación actual, las condiciones del mercado tales como comisiones, condiciones financieras, márgenes, etc., con incrementos del 100% en poco tiempo, derivadas de la falta de liquidez que, junto a los aspectos ya señalados en el artículo anterior y al elevado coste del funding de las entidades financieras, han dificultado la aplicación de algunas, caso de las titulizaciones de deuda o los créditos garantizados.

Por otra parte, por las reformas habidas el pasado año, se han visto seriamente afectados los plazos medios de financiación y el grado o nivel de apalancamiento máximo, circunstancias éstas a tomar en consideración ante la eventualidad de una refinanciación.

Garantías a aportar
La aplicación de las normas de capital mínimo (Basilea II), el aumento de la morosidad y la reducción de los niveles de apalancamiento han auspiciado un endurecimiento de las condiciones de financiación del mercado que han supuesto una seria contracción de la actividad normal de la economía, con crecimientos del Producto Interior Bruto (PIB) próximos a cero.

Con el marco descrito, si una empresa se encuentra con dificultades no controladas o previstas, muy posiblemente su pretensión de refinanciar deudas no sea posible y haya de recurrir a otros medios de resolver la situación, como el concurso de acreedores, especialmente para el caso de situaciones de insolvencia.

De acuerdo con la normativa bancaria, en el momento que una sociedad presenta una declaración de Concurso, la entidad financiera ha de dotar de forma inmediata el 25% de la deuda, mediante la oportuna provisión contable. Por tanto, ante una situación de insolvencia societaria, se hace aconsejable que antes de iniciar el expediente ante el Juzgado, se evalúe la conveniencia de negociar la necesidad de una refinanciación de deudas con la entidad financiera, por lo general poco proclives a verse afectadas por un procedimiento concursal y evitar el daño que le pueda producir la provisión mencionada.

Mucho menos proclives a situaciones como la descrita, sin haber negociado previamente la refinanciación de deudas, pueden provocar que éstas prefieran ejecutar garantías y buscar la responsabilidad de los administradores en la situación sobrevenida de insolvencia.

Así, pues, si sobreviene una situación de insolvencia no prevista es necesario que el empresario se asesore adecuadamente y tras la oportuna evaluación de riesgos, ventajas y oportunidades decida lo más conveniente a sus intereses, sin perder de vista intereses generales.

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