El capital riesgo ‘respira’ con la calificación del concurso de Red Elite como fortuitoEl juzgado mercantil nº 3 de Barcelona, cuyo titular es José María Fernández Seijo, en una sentencia recurrible, ha calificado el concurso de Red Elite como fortuito, absolviendo a las personas físicas y jurídicas llamadas al procedimiento en calidad de culpables o cómplices.
Publicado el 22/02/2008, por Victoria Martínez-Vares
Sentencia del Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona (doc)
Incidente de oposición a la pieza de calificación
Concurso Voluntario
RED ELITE DE ELECTRODOMÉSTICOS S.A.
El asunto se refería a la pretensión de imputar a directivos representantes de la sociedad concursada Red Elite y a sus consejeros, principalmente sociedades de capital riesgo, la responsabilidad del déficit concursal –diferencia de la deuda total, que no se recupera con la liquidación de activos–, que, en este caso, podría alcanzar 55 millones de euros.
La abogada del Bufete Ramón Hermosilla, Carmen Temprano, explica que, cuando una empresa entra en concurso y hay sociedades de capital riesgo implicadas, la “posibilidad de llegar a un acuerdo con los acreedores se complica porque saben que son empresas solventes”. De hecho, el juez advierte en la resolución que, aunque “es legítimo y razonable que los acreedores busquen todas las vías posibles en derecho para ver satisfechos su créditos, la expectativa de una sentencia de calificación culpable [...] puede llegar a pervertir el propio sistema concursal, puesto que la calificación no puede constituirse en un instrumento diseñado para dar una mayor satisfacción a los acreedores concursales”. Por esta razón, aclara Fernández Seijo, “la derivación de responsabilidades hacia los administradores sólo puede producirse previa constatación de la naturaleza culpable del concurso”.
Para el socio del Bufete Miralbell Guerin, Luis Miralbell, abogado defensor de una de las sociedades demandadas, “la sentencia sienta un importante precedente al propiciar una aplicación prudente de la declaración de culpabilidad y posterior derivación de responsabilidad a los administradores”. De hecho, según Miralbell, los últimos cambios de la normativa societaria y la entrada en vigor de la Ley Concursal “han creado incertidumbre respecto a la atribución de responsabilidades de las deudas de los administradores de las empresas, en general, y en el sector del capital riesgo en particular”.
Ròser Rafols, del despacho Roca Junyent, abogada de otra de las sociedades de capital riesgo implicada en el procedimiento, señala que “esta sentencia es positiva para el sector y para la economía en general, ya que los acreedores disparaban contra estas compañías para poder cobrar los créditos al presumir su solvencia”. En su opinión, esta práctica “puede llegar a frenar las inversiones de capital riesgo, instrumento financiero básico para el crecimiento empresarial”.
Por su parte, desde Cuatrecasas, Antonio Carreño, abogado de Red Elite, valora positivamente el mensaje tranquilizador que lanza la sentencia a los administradores y consejeros de las empresas que entran en concurso. Así, explica que la resolución pone de relieve que “éstos han de ser diligentes en la gestión del negocio pero no tienen que responder de los riesgos del mismo”. En este sentido, el juez afirma en la sentencia que “la gestión de Red Elite en sus niveles de decisión y estrategia no fue adecuada, pero en modo alguno debe considerarse el concurso como culpable”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario