CIRCULAR Nº 16/2008, de 12 de junioASUNTO: SOCIEDADES PROFESIONALES
Att. Ilmo. Sr. Secretario del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles
Al día de hoy continúan siendo numerosas las dudas existentes en relación a la aplicabilidad de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales. Las recientes resoluciones –actualmente recurridas– de la Dirección General de Registros y Notariado no han hecho sino incrementar las incertidumbres con respecto a esta Ley. A esto hay que sumarle la falta de un desarrollo reglamentario y el nulo consenso existente entre notarios y registradores a la hora de interpretar la ley.
Ante esta situación, este Consejo Superior les recuerda que el próximo16 de junio de 2008 vence el plazo para que las sociedades constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley (es decir, el 16 de junio de 2007) y a las que les fuera aplicable a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.1 (“Las sociedades que tengan por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional deberán consituirse como sociedades profesionales en los términos de la presente Ley” ) se adapten a las previsiones de la Ley y soliciten su inscripción, o la de la adaptación, en su caso, en el Registro Mercantil.
Desde el 16 de junio de 2008 hasta el 16 de diciembre de 2008, las sociedades que no se hayan adaptado no podrán inscribir en el registro documento alguno (a excepción de los títulos relativos a la adaptación a la presente Ley, al cese o dimisión de administradores, gerentes, directores generales y liquidadores, y a la revocación o renuncia de poderes, así como a la disolución de la sociedad y nombramiento de liquidadores y los asientos ordenados por la autoridad judicial o administrativa). Después del 16 de diciembre las sociedades que no se hayan adaptado quedarán disueltas de pleno derecho.
Ante las diferentes criterios existentes en relación a la aplicabilidad de la ley y ante la proliferación de casuísticas diferentes, este Consejo Superior recomienda acudir a notarios y registradores para que diluciden cada situación de forma individual.
Madrid, 12 de junio de 2008
Miguel Romero Sánchez
Secretario General
Consejo Superior de Colegios Oficiales
de Titulados Mercantiles de España
C/ Orellana 5, segunda planta - 28004 Madrid
Teléfono: 913 080 966 - Fax: 913 103 242
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